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Marco legal
Diseño Gráfico & Derecho:
Una Introducción a algunas de sus relaciones
Por Dr. Luciano Marchione* Prácticamente toda actividad económica se encuentra regulada por el Derecho, y el Diseño Gráfico no es una excepción. Sin embargo en mi experiencia con estudiantes y profesionales de esta disciplina, he podido apreciar que en general, se sienten en un estado de total desprotección ante sus clientes por no conocer sobre el marco normativo de su actividad. Gran parte del problema radica en que las instituciones de formación superior en general no incorporan contenidos relacionados al mismo. A modo de ejemplo, otras disciplinas proyectuales, como la Arquitectura, y el Diseño Industrial, cuentan con materias afines en sus carreras de la Universidad de Buenos Aires.
En particular las mayores inquietudes surgen en relación a sus Derechos Intelectuales sobre sus obras, y sobre la organización de la profesión. Por lo tanto, es el objetivo de este breve artículo la introducción de los Diseñadores Gráficos a dos ejes relacionados con marco legal de su profesión, sobre los que deberían basarse para la defensa de sus derechos e intereses.
En primer lugar, un eje basado en las herramientas legales existentes. Las mismas se encuentran en forma actual a disposición de todo diseñador, necesitándose en determinados casos el asesoramiento de un Abogado. El instrumento básico a utilizar, no existiendo un régimen normativo obligatorio en relación a cobro de regalías producto de la utilización de obras visuales, ni una entidad de gestión colectiva de las mismas (como SADAIC, en relación a las obras musicales), los diseñadores deben recurrir la celebración de contratos. Los mismos deben ser realizados de forma previa a la prestación de sus servicios, a fin de que se respeten sus derechos de autor, tanto en su fase moral -autoría- como en la económica -explotación comercial-.
Asimismo, pueden proceder al registro de sus obras en la Dirección Nacional del Derecho de Autor. El mismo permite probar la autoría de la obra ante un eventual plagio, por lo que recomiendo que se registren los trabajos que usualmente consten en una carpeta de presentación o portfolio, así como los que sean expuestos en diferentes tipos de instituciones o eventos.
Además, si los diseñadores utilizan una marca específica para prestar sus servicios, deberían registrar la misma en el Instituto Nacional de la Propiedad Industrial. También pueden registrarse en ese organismo diseños y modelos industriales, que son formas incorporadas o aspectos aplicados a un producto industrial, de carácter ornamental.
El segundo eje a tratarse, se encuentra basado en la dimensión política: supone la creación de estrategias corporativas a corto, mediano y largo plazo. Los diseñadores deben buscar la defensa de sus intereses como grupo, debiendo crear instituciones que los representen, tales como las asociaciones civiles.
En todos los países desarrollados existen este tipo de entidades, teniendo las mismas como objetivos, a modo de ejemplo: elevar los estándares del diseño y su práctica profesional, promover la comprensión de la contribución del diseño a la comunidad, mejorar el intercambio de información, realizar congresos, conferencias y seminarios y realizar publicaciones.
En este tipo de instituciones podría, por ejemplo, debatirse la posibilidad de crear un Código de Ética de la profesión, acordar mecanismos para la presupuestación de trabajos y la fija de honorarios e incluso, mediante mecanismos legales, pensarse en la creación de organizaciones de gestión colectiva de derechos de autor. También podrían brindarse servicios de capacitación, y de asesoramiento jurídico y contable gratuitos, así como tratar de establecer estándares y procedimientos internacionales para el ejercicio de la profesión.
Sólo en la medida en que existan instituciones que puedan concientizar a los diseñadores y brindar un punto de partida que permita la implementación de las estrategias señaladas, podrá consolidarse el diseño como actividad profesional y como herramienta de crecimiento económico de nuestro país.
* Abogado (UBA) y Agente de la Propiedad Industrial.
Contacto: info@lucianomarchione.com.ar
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